Comentario
de texto de la Ud 3: “Revoluciones Liberales y Nacionalismo”.
Pg 58.
Doc 11.
“La Declaración
de Derechos del Hombre y del Ciudadano 1789” del 26 de agosto de
1789.
1.- Naturaleza del
texto.
Por
su forma: Es un texto claramente jurídico, con
connotación sociopolítica, puesto que se trata de un extracto
(nueve de los diecisiete artículos) de una Declaración de Derechos,
concretamente la de la Revolución Francesa de 1789. Sirvió de
preámbulo a la Constitución de 1791.
Por
su contenido: La temática del texto es obviamente
jurídico – política., al tratarse de la Declaración de Derechos
del Hombre y del Ciudadano: jurídica porque es el preámbulo de una
ley y política porque se trata de derechos de carácter político.
Por
su origen: Es una fuente primaria ya que es tal cual el
mismo documento que se publicó; o mejor dicho, es un extracto de
nueve de los diecisiete artículos de de dicha declaración.
2.- Autor,
destinatario y momento histórico.
Autor:
La Asamblea Nacional Constituyente, aquella que surgió en junio de
1789, cuando los diputados del Tercer Estado, rechazaron la autoridad
real y decidieron reformar Francia por su cuenta reuniéndose en un
frontón (Juego de la Pelota). El 9 de julio se proclamó Asamblea
Nacional Constituyente y comenzó a elaborar esa Declaración así
como la Constitución y otra legislación (abolición del feudalismo,
etc). Tras promulgar la Constitución de 1791, en septiembre de ese
año, se disolvió, dando paso a la Asamblea Legislativa.
Dentro de esa Asamblea
los verdaderos redactores e inspiradores de ese documento fueron
Sieyes y Mirabeau, ambos eran de los grupos privilegiados pero con
ideas ilustradas, partidarios de la implantación del sistema liberal
moderado.
Destinatario:
La nación francesa, es decir, el conjunto de ciudadanos de Francia.
Momento
Histórico: Se promulgó en agosto de 1789, el día 26, en
plena efervescencia revolucionaria, después de que la Asamblea
Nacional le quitara su soberanía, su poder absolutista, al rey Luis
XVI y aboliera el feudalismo, el pueblo llano de París asaltara la
Bastilla y el Gran Pánico desencadenara la violencia campesina
antiseñorial. Todo esto ocurrió en aquel verano de 1789, en los
inicios de la Revolución.
3.- Análisis Interno
(identificar ideas, personajes, instituciones y/o tendencias).
Idea
principal: Plantea los principios sobre los que la
Asamblea Nacional, depositaria de soberanía popular, se proponía
construir la nueva Francia salida de la Revolución, haciendo
especial hincapié en los de libertad ( art 1 y
2), igualdad (art 1 y 6) y soberanía nacional (art 3).
Estos derechos son la
condición básica, junto con la separación de poderes, para la
creación del Estado liberal burgués. Con la igualdad jurídica la
burguesía ve cumplida una de sus mayores aspiraciones: la
participación en la vida política. Con esa igualdad jurídica
desaparece la sociedad estamental sustituida por la sociedad de
clases.
Ideas
secundarias: El resto de los derechos señalados, como más
secundarios, serían:
a.-
Artículo 2: seguridad, propiedad y resistencia a la opresión.
Con el derecho a la
propiedad la burguesía lograba el acceso a todos aquellos bienes que
el feudalismo mantenía como “manos muertas”, es decir
inaccesibles al mercado, es decir, a su compra - venta. Este derecho
a la propiedad se convertiría en una de las obsesiones de la
burguesía hasta el día de hoy.
Con el derecho a la
resistencia a opresión se sancionaba, justificaba y legalizaba lo
que la burguesía estaba realizando: la Revolución.
b.-
Art 7: procesamiento según la ley.
Art 9: presunción de
inocencia.
Con estos dos artículos
se luchaba contra la arbitrariedad de la justicia del Antiguo
Régimen, y se le daba un gran valor a la ley y a las garantías que
debe dar esta.
c.-
Art 10 y 11: Libertades concretas de opinión, religión y
expresión.
Con la libertad de
opinión la Asamblea condenaba la censura; con la libertad religiosa
la Iglesia perdía su monopolio secular de las conciencias; con la de
prensa intentaban lograr un alcance nacional e internacional a las
ideas revolucionarias.
4.- Análisis Externo
o Explicación: antecedentes, consecuencias, contexto.
La
esencia de esta Declaración es la definición burguesa del Estado
liberal y la condena implícita del Antiguo Régimen. Los
antecedentes de
esta Declaración... debemos buscarlos en las reivindicaciones del
Tercer Estado , la Ilustración y la Revolución americana, las
cuales influyeron sobre manera en la elaboración de este excepcional
documento.
Rechazando
el Antiguo Régimen, porque iba en perjuicio del Tercer Estado, este
estamento formuló sus reivindicaciones en “cuadernos de quejas”,
esperando su resolución en los Estados Generales. Al fracasar dicha
asamblea estamental, se decidió emprender sus reivindicaciones por
la fuerza, protagonizando la Revolución del verano de 1789. Del
triunfo de esta, el documento fue testimonio escrito: los privilegios
de la nobleza y el clero desaparecían y el Tercer Estado conseguía
la igualdad civil, jurídica (y también fiscal, según el artículo
14), frente al poder absoluto de Luis XVI, una constitución; frente
al monopolio nobiliario del poder político, la igualdad de
oportunidades; … Asimismo consagraban la abolición del feudalismo,
acordada por esta asamblea en agosto de 1789.
Pero
este no sólo es testimonio de las reivindicaciones de la burguesía,
también debe mucho a la Ilustración (Enciclopedia) y a la
independencia americana (Declaración de Virginia). De esta forma
las ideas de los filósofos ilustrados son claramente apreciables en
los 17 artículos: la soberanía nacional defendida por Rousseau, la
separación de poderes de Montesquieu, la tolerancia religiosa de
Voltaire, el derecho de propiedad de los fisiócratas, etc.
Igualmente esta Declaración imita bastante a la Declaración de
Virginia de 1776 y precede a la constitución, como lo hacía también
la de Virginia.
Consecuencias
y Contradicciones.. Esta declaración de derechos humanos y
civiles es prudente en sus concesiones y, además, la propia Asamblea
transgredió posteriormente sus principios: impuso el sufragio
censitario de ciudadanos activos (varones mayores de 25 años
contribuyentes) en contra de los artículos 3 y 6.
No
abolió la esclavitud en contra del Art 1. La aristocracia de sangre
fue sustituida por la del dinero, es decir, la burguesía se reservó
el disfrute de los cargos políticos en contra de la igualdad de
oportunidades del Art 6. En contra del Art 10, consideró al
catolicismo religión oficial. Protegió a la propiedad individual,
pero no a los desposeídos.
¿Por
que la Declaración de Derechos proclamaba unas ideas y luego se
llevaban a cabo las contrarias? Porque, realmente, la Asamblea
Nacional, o más concretamente, la burguesía francesa que la
dirigió, pretendía tan sólo asegurar sus intereses de clase (sus
propiedades, el acceso al poder político, etc). Conquistas que
aunque logradas al amparo de la revolución popular, no pretendía
extender más allá sus beneficios particulares. Su alianza con el
pueblo fue interesada y no solidaria.
5.- Síntesis y/o
influencia del texto.
- Sirvió además de preámbulo de la Constitución francesa de 1791, de teoría a la sociedad de clases que entonces se inauguraba y de inspiración a las revoluciones liberales burguesas de la primera mitad del siglo XIX. Su amplia difusión hizo que esta Declaración se convirtiese en el “catecismo” de la Revolución en Francia y en Europa a lo largo del siglo XIX, sobre todo en las revoluciones de 1830 y 1848.
- Gracias a su carácter universalista (rasgo que la distingue de la americana), y a pesar de posteriores declaraciones francesas, como las de 1793 y 1795, que básicamente, reproducen su esencia, se puede considerar uno de los principales legados de la Revolución francesa a la humanidad.
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ResponderEliminarEn que tipos de estado se establecen esos artículos de la constitución?
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